“Nunca más...”:

LA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS (1948)

FICHA

  • Tipo de actividad: Reflexión acerca del Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y sobre el contexto histórico que propició su elaboración.
  • VALORES O TEMAS QUE SE PUEDEN TRABAJAR: DIGNIDAD DE LA PERSONA, DERECHOS HUMANOS, FUNDAMENTO DE LA MORALIDAD, LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD, DERECHO NATURAL, POSITIVISMO JURÍDICO.
  • EDAD Y NIVEL RECOMENDADOS: 2º - 4º ESO
  • DURACIÓN/TEMPORALIZACIÓN: 1 sesión de clase
  • SINOPSIS: El texto parte, a modo de presentación, de algunos hechos fundamentales que explican la elaboración de la Declaración por parte de la ONU en 1948 y a continuación se presenta el Preámbulo de la misma, con el fin de profundizar en algunos aspectos conceptuales básicos.
  • REFERENTE TEÓRICO (contenidos, competencias relacionados) La actividad puede servir como introducción al tema de los derechos humanos en el marco una explicación en clase acerca de los mismos, su fundamentación y propiedades. La distinción entre "legal" y "moral" (o "legítimo"), implícita en la introducción, puede servir también para distinguir y relacionar entre Derecho y Moral (o Ética).
  • DESARROLLO: Se puede empezar la actividad con imágenes relativas a algunas de las atrocidades que trajo consigo la II Guerra Mundial y en concreto la política racista y de exterminio llevada a cabo por el partido Nazi alemán (campos de exterminio, etc.) A continuación debería explicarse algo acerca de la celebración de los Procesos de Nuremberg. También puede ser útil algún fragmento de películas como "Vencedores o vencidos" (S. Cramer, 1961), u otras, (esto llevaría la duración de la actividad más allá de una sesión de clase). La actividad propiamente dicha puede realizarse de manera individual (lectura y contestación de las preguntas que se aportan al final) o de manera conjunta. En todo caso, sería necesaria una puesta en común al final para llegar a conclusiones.

ACTIVIDAD

“NUNCA MÁS...”:
LA DECLARACIÓN DERECHOS HUMANOS (1948).

Los Juicios o Procesos de Nuremberg son los juicios llevados a cabo por los aliados contra algunas de las principales figuras de régimen nazi, tras el final de la Segunda Guerra Mundial. De forma paralela, se llevaron a cabo los Juicios de Tokio para condenar a los criminales de guerra japoneses. Los juicios se realizaron entre el 20 de noviembre de 1945 a 1949 en la ciudad alemana de Nuremberg, en la cual el partido nazi había celebrado sus congresos anuales desde los años 30, desafiando a todo el mundo como vanguardia de una supuesta raza superior.

Iniciados los procesos, los autores de crímenes de guerra en la II guerra mundial, responsables de genocidios y del exterminio de personas judías, deficientes, de etnia gitana, y ancianos enfermos, entre otras acciones, se defendían de las acusaciones formuladas diciendo que ellos cumplían las leyes alemanas.

Fue entonces cuando se volvió a tomar conciencia de que, por encima de las leyes establecidas en uno u otro país, existe otro orden, el orden moral, que es anterior y más fundamental que el jurídico. Por eso se entendió que a los acusados se les tenía que juzgar por “crímenes contra la humanidad” y no contra tal o cual legislación concreta.

A la vez, la mayor parte de los países vieron la urgencia de establecer un ámbito de discusión y encuentro a nivel internacional, donde se pudieran evitar y resolver los conflictos entre los Estados, sin necesidad de acudir a la guerra. La lección de la II confrontación mundial, con más de 50 millones de muertos y una cadena ingente de destrucción y de horrores, había sido demasiado dura. Por eso se gritaba por todas partes: “Nunca más”.

Se creó así en 1945 la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuya Carta fundacional se firmó en la ciudad de San Francisco.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Preámbulo

“- Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

- Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

- Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

- Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

- Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

- Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

- Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción...”

PREGUNTAS:

  • ¿Qué diferencia existe entre “crear” un derecho y “reconocer” un derecho?
  • ¿Qué significa que un derecho es “inalienable”?
  • ¿Cuál es la base de la libertad, la justicia y la paz, según la Declaración? ¿Podrías explicar por qué esto es así?
  • ¿En que consiste un “régimen de derecho”?
  • ¿Por qué es de la mayor importancia “una concepción común de estos derechos y libertades fundamentales” del ser humano?